PSICÓLOGO Y MEDIACIÓN: TRINIDAD BERNAL SAMPER

26 Ene 2006

Trinidad Bernal Samper es doctora en Psicología y directora del Centro de Resolución de Conflictos Apside. Directora del primer Programa Público de Mediación en ruptura de pareja ha puesto en marcha el programa de mediación en diversas comunidades y se encarga de su formación.

Es vicepresidenta de la Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica, presidenta de la Asociación Estatal de Mediadores «Mediación y Cambio» y directora del Anuario de Psicología Jurídica.

Ha ocupado diversos cargos en el Colegio de Psicólogos de Madrid y es autora de diversas publicaciones.

Trinidad Bernal Samper

Uno de los cometidos principales del psicólogo es trabajar con las emociones y la mediación consiste en la intervención, en una disputa, de un tercero competente e imparcial, aceptado por las partes, que carece de poder de decisión y que les ayuda a conseguir acuerdo extrajudiciales. Ese tercero tiene, como función principal, manejar las emociones que se producen cuando las personas, que están en conflicto, tienen que llegar a acuerdos.

Si las emociones de las personas que están en conflicto les hacen centrarse en el pasado, en lo negativo y en lo imposible, con el proceso mediador tratamos de cambiar esta situación, haciendo que las partes se centren en el presente, en lo positivo y en lo posible mediante la disminución de la intensidad emocional, mejora en la comunicación y cambios en la manera de comprender el punto de vista del otro (Bernal, T.,2002).

La mediación es una manera de gestionar los conflictos y los factores emocionales juegan un papel muy importante en esta gestión. La actividad emocional se produce en todo el proceso, bien por la situación conflictiva objetiva, bien por las cogniciones que tenemos respecto al conflicto, bien en función de las tareas específicas que ponemos en marcha para resolver los conflictos.

El conocimiento del funcionamiento de las emociones es fundamental para la gestión de los conflictos y el psicólogo tiene ese conocimiento al igual que lo tiene de las relaciones interpersonales y del conflicto, lo que lo convierten en un posible candidato para ejercer como mediador, aunque la diferencia entre estas dos figuras hace posible que la condición de psicólogo experto no garantice su ejercicio como mediador (Bernal.2002).

De la misma manera que en el campo legal se tiende a confundir la mediación con la negociación propia de los abogados, y con la conciliación y el arbitraje practicado por estos profesionales, cuando nos situamos en el campo psicológico, la mediación puede confundirse con el proceso terapéutico y con la labor de psicólogo en el foro legal (Bernal,2002).

El objetivo de la mediación es el acuerdo consensuado en una serie de asuntos y el establecimiento de un acuerdo, en forma de documento escrito. La psicoterapia tiene como objetivo la persona o la relación, y tiene como meta el cambio cognitivo, conductual y/o afectivo (Strupp, 1986). La mediación es un proceso más estructurado, centrado en la tarea; la terapia posee una estructura más abierta y fluida donde se tratan sentimientos. La naturaleza del proceso de mediación es legal o cuasi legal (mezcla asuntos legales y emocionales); la terapia es un acontecimiento psicológico o personal (Herron y Rouslin, 1982). En la mediación, las emociones se controlan y dirigen para que no interfieran y así conseguir el acuerdo (Folberg y Taylor, 1984; Forlenza, 1996); en la terapia se exploran. Tanto la mediación como la terapia pueden ser terapéuticas, pero mientras esta última lo tiene como objetivo, la mediación no, aunque puede obtener beneficios terapéuticos (Brown, 1988 y Kressel, 1985). La cuantía de información es otra característica distintiva entre la mediación y la terapia; en la primera se necesitan datos antecedentes y actuales de los sujetos y/o de la relación; en la mediación no, incluso un exceso de información podría perjudicar la imparcialidad (Haynes, 1981)

Cuando hablamos de mediación, combinamos aspectos legales y emocionales y el rol de mediador también puede confundirse con el trabajo llevado a cabo por el psicólogo en contextos judiciales. El psicólogo, como PERITO, actúa en calidad de experto impuesto, encaminando su labor a establecer los hechos en base a la verdad (procesos penales) o a demostrar los hechos en base a la razón (procesos civiles) de forma investigadora. Cuando actúa como ASESOR, el psicólogo dirige su trabajo a orientar e informar, como conocedor de la conducta humana en relación. Ambos roles (perito y asesor) tienen un mismo objetivo, la evaluación psicológica y transmitir sus resultados a un tercero (Bernal, 2002).

MEDIACIÓN Y ROL DEL MEDIADOR

La interacción que se establece en mediación está basada en una fórmula diferente de ganar uno a expensas del otro, diferente de quién tiene razón y quién está equivocado, de quién dice la verdad o miente. La interacción se basa en identificar lo que cada uno quiere, admitir la propia responsabilidad en el conflicto y encontrar una salida que les satisfaga. Ya no se precisa que el Juez decida qué es justo. Tampoco es necesario un experto que evalué a las partes, decida por ellas o asesore al Juez. Las partes mismas deciden cómo resolver sus diferencias y concluyen con sus propios acuerdos.

La mediación es un proceso de interacción que se establece entre las partes en disputa y el mediador. Necesitamos que exista el conflicto para que lo haga la mediación. Sólo si las partes no logran entre ellas mismas solucionar sus discrepancias, tiene sentido la intervención del tercero, pero puede ocurrir que el conflicto sea intenso, que las partes no puedan solucionarlo y no querer que el tercero intervenga. La mediación es un proceso voluntario.

Si la participación de las partes en la resolución de sus conflictos es lo que caracteriza a la mediación, ésta difícilmente puede darse si la mediación no es elegida por los implicados. Si para aceptar el comenzar la mediación es necesario confiar en el mediador y en el proceso, ésta se consigue con un comportamiento competente y equitativo del mediador así como garantizando la confidencialidad. El mediador adquiere credibilidad mediante su competencia profesional, creando un ambiente físico y emocional en el que las partes se encuentren seguros y tranquilos para iniciar el proceso. La credibilidad también se gana con una actitud y conducta equitativa, asegurando la confidencialidad y solicitando esa confidencialidad a las partes. El proceso de mediación, además de ser voluntario, es confidencial y el mediador imparcial y competente (Bernal,2001).

Las características de un buen mediador son de dos tipos: las personales, entre las que se destacan la originalidad, actitud conciliadora, autocontrol, sentido del humor , espontaneidad y sinceridad; y las profesionales en su doble vertiente, formativa y ética. Desde un plano formativo, el mediador debe ser experto en relaciones interpersonales, habilidades de comunicación, manejo del conflicto, técnicas de negociación y mediación, y conocimientos legales específicos. Desde un punto de vista ético, el mediador es responsable de mostrarse imparcial, dejar claro su papel diferente de su formación de origen y asegurar que las partes conozcan qué es la mediación, las reglas que la rigen y su participación en el proceso (Bernal, 1995).

Muchas de las habilidades propias del mediador, como es crear ambiente, trabajar con las relaciones interpersonales, manejar los conflictos, ejercer habilidades de comunicación y resolver problemas son propias del psicólogo, por lo que nuestra profesión, aunque no es la única, sí es una de las recomendadas para ejercer de mediador.

COMENTARIOS Y CONCLUSIONES

Es importante el conocimiento de las emociones para la acción mediadora así como el ejercicio de ciertas habilidades de empatía, escucha activa, comunicación, relaciones interpersonales y manejo del conflicto. Estos conocimientos y habilidades son propios de la capacitación del psicólogo.

También es importante establecer las diferencias entre intervención psicológica y mediación. Si no distinguimos bien el trabajo del psicólogo y el del mediador, nos vamos a encontrar que la resolución de muchos conflictos que pertenecen al campo de la psicología van a poder ser tratados por otros profesionales. Si la intervención mediadora se iguala a la psicológica y diferentes profesiones pueden ejercer como mediadores, también lo pueden hacer con actividades psicológicas que llamen mediadoras.

Personalmente confieso mi preocupación por el camino que está siguiendo la mediación. Por un lado, las diferentes maneras de entenderla y, por tanto de practicarla; por otro, el debate levantado para asignarse la competencia en la acreditación de los mediadores. A este panorama se añade las peculiaridades de las Comunidades y la necesidad de regular su propia ley mediadora, haciéndolo sin asesoramiento de mediadores expertos que ayuden a entender la filosofía de la mediación y las diferencias con una figura estrictamente jurídica que contribuyen, sin quererlo, a mermar el informalismo y la flexibilidad que caracterizan a la mediación.

La necesidad de aunar criterios respecto a lo que es mediación, qué formación se necesita para ejercer como mediador, el diseño de la formación más recomendada, la elaboración de un código deontológico del mediador y el estar presente en la elaboración de todos aquellos documentos que se relacionen con la actividad mediadora, es lo que ha promovido la creación de la Asociación Estatal de mediadores» Mediación y Cambio».

La Asociación MEDIACIÓN Y CAMBIO nace como un marco plural en el que confluyen profesionales de distintas disciplinas, con diferentes perspectivas teóricas y metodológicas y que trabajan en diferentes ámbitos (público, privado, subvencionado, autonómico, local) y cuyos objetivos son: favorecer el encuentro de los mediadores, fomentar el estudio y difusión de la mediación, propiciar la cooperación en el ámbito internacional y promover la participación ciudadana.

 

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