Todos los centros de Atención Primaria de la Comunidad Valenciana contarán con un psicólogo clínico

3 Mar 2023

Fomentar tratamientos psicológicos dentro del ámbito de la atención primaria sanitaria, con el objetivo de desmedicalizar los trastornos mentales comunes (siguiendo la evidencia científica disponible) e impulsar la figura del psicólogo clínico en las unidades de apoyo de atención primaria.

Estas son algunas de las importantes actuaciones en materia de salud mental aprobadas por la Comunidad Valenciana para el sistema valenciano de salud y recogidas en la nueva Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 2 de marzo.

La nueva normativa, que lleva en vigor desde el día 1 de enero de 2023 (tras su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, n.º 9501, de 30 de diciembre de 2022), incorpora, entre otros, un nuevo artículo en el capítulo IV (4 septies) del título I de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de salud de la Comunitat Valenciana, relativo a la implementación de profesionales de salud mental en el ámbito sanitario, cuyo objetivo es dar cumplimiento a la atención y las actuaciones en salud mental.  

Foto: Drazen Zigic Fuente: freepik Fecha descarga: 03/03/2023

Para tal fin, se establece la necesaria incorporación, en función del número de habitantes, de psiquiatras, psicólogas y psicólogos clínicos, enfermeras y enfermeros especialistas de salud mental y profesionales sociosanitarios relacionados con la atención a la salud mental.

Asimismo, en coherencia con la tasa de habitantes y en cumplimiento de las ratios mínimas que recomiendan las organizaciones europeas de salud mental (esto es, al menos 20 psicólogos por 100.000 habitantes), se conmina a garantizar la incorporación de, al menos, un psicólogo clínico en cada uno de los centros de salud de atención primaria. En caso de que no sea posible contar con un psicólogo clínico para dar cobertura a la salud mental, la Ley señala que “se requerirá el perfil del psicólogo general sanitario para suplir estas funciones en los centros de salud donde se dé este supuesto”.

En la misma línea de medidas organizativas en materia de competencias de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, se incluye una modificación también en el capítulo IV del título l de la Ley de Salud (concretamente, en su artículo 4 sexies), donde se abordan las actuaciones en salud mental del sistema valenciano de salud (esto es, el conjunto de prestaciones, servicios y atenciones de carácter integral y continuado que se orientan a la promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación de la salud mental).

De acuerdo con este apartado, tales actuaciones deberán orientarse, entre otros muchos aspectos, a promover la salud mental de la población general y de grupos específicos y prevenir los problemas de salud mental, el suicidio y las adicciones en la población, llevando a cabo acciones para erradicar el estigma y la discriminación asociados a las personas con problemas de salud mental; fomentar tratamientos psicológicos dentro del ámbito de la atención primaria sanitaria (con el fin de desmedicalizar los trastornos mentales comunes, de acuerdo con la evidencia científica disponible), impulsando para ello, la figura del psicólogo clínico en las unidades de apoyo de atención primaria; potenciar la participación de las personas que presentan trastornos mentales y de sus familiares (impulsando la formación de estos últimos), entidades legalmente reconocidas por la defensa de intereses colectivos en la materia y profesionales en el sistema valenciano de salud, etc.

Asimismo, según recoge la nueva normativa, en la Ley de la Función Pública Valenciana, en el anexo IV relativa a los cuerpos funcionariales gestionados por la Conselleria de Sanidad, en el Cuerpo Superior de administración sanitaria y de salud pública de la administración de la Generalitat, se añade una nueva escala: A1-S03-10. Psicólogo/a de Administración Sanitaria y Salud Pública, cuyo requisito es la Licenciatura/Grado en Psicología, y que desempeñará las siguientes funciones: dirigir, programar, estudiar, proponer, coordinar, gestionar, ejecutar, controlar, inspeccionar, evaluar y asesorar, en el perfil correspondiente a su titulación, en todas aquellas actividades básicas de la administración sanitaria y la salud pública para garantizar la protección de la salud, en el ámbito de la Psicología.

De este modo, con la decisión de incorporar psicólogos/as clínicos/as en las plantillas de los centros de atención primaria, la Comunidad Valenciana pone en valor la importancia de cuidar la salud mental y el bienestar de la población, al abordar desde este primer nivel asistencial de la salud los problemas de índole psicológica y que, de acuerdo con los datos, constituyen aquí los principales motivos de consulta.   

Se une así a otras Comunidades Autónomas, como Madrid, Cataluña, Canarias, Cantabria, Asturias, Baleares, Navarra, Murcia, Galicia y Andalucía, donde la implementación de la Psicología Clínica en los centros de atención primaria es ya una realidad.

Tan solo quedarían 6 Comunidades Extremadura, Castilla-La Mancha, Castilla y León, País Vasco, Aragón y La Rioja-, junto con las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, que apuesten también por la salud mental de la población y sus necesidades, siendo clave para ello, que emprendan acciones en esta misma línea.

Esta medida, defendida en los últimos años por el Consejo General de la Psicología -y en línea con lo expuesto por numerosos expertos y entidades, como la OCU o el Defensor del Pueblo-, redundará en una mejora de la atención primaria, aliviando la importante carga asistencial que suponen los trastornos mentales para el Sistema Sanitario, y derivando en un importante ahorro en términos de costes económicos y sociales, dado que facilitará la identificación precoz y la intervención temprana de problemas de salud mental, y reducirá la hiperfrecuentación y las listas de espera, evitando, a su vez, complicaciones en la sintomatología de los/as pacientes, brindándoles los tratamientos psicológicos que requieren.

Se puede acceder a la Ley desde el BOE o bien directamente aquí:

Ley 8/2022, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat

PSICOLOGÍA EN RED


LOS COLEGIOS HABLAN

MÁS NOTICIAS