Programas de intervención con maltratadores en España: la perspectiva de los/as profesionales
22 May 2017

Victoria A. Ferrer Pérez, Virginia Ferreiro Basurto, Capilla Navarro Guzman y Esperanza Bosch-Fiol

Universidad de las Islas Baleares

La intervención con maltratadores en casos de violencia de género (entendiendo este concepto en el sentido descrito en la normativa española vigente, esto es, como violencia contra las mujeres en la pareja) surgió en la década de los 70 y 80 del siglo XX en USA y Canadá, y llegó a Europa en la década de los 80. En España, los primeros programas de este tipo se implementaron en el País Vasco, a mediados de 1990 y bajo la dirección del profesor Enrique Echeburúa; pero será a partir de la implementación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género cuando se generalizaron. Esto significó que, en las diferentes Comunidades Autónomas, se fueron creando, desarrollando y adaptando a las nuevas necesidades (y también a la nueva legislación nacional, y a las legislaciones autonómicas que han ido aprobándose paulatinamente en los diferentes territorios), programas de intervención para maltratadores. Estos programas incluían tanto aquellos de asistencia voluntaria, bien fuera en la comunidad, o en el interior de las prisiones, como aquellos otros que se realizaban en el ámbito de las medidas penales alternativas.

Naturalmente, y como consecuencia directa, de esta proliferación, surge la necesidad de evaluar su eficacia. Para ello, además de emplear criterios e indicadores desarrollados en otros páises, se han elaborado también algunas propuestas, como fueron en su momento los “Criterios de calidad para intervenciones con hombres que ejercen violencia en la pareja” del Grupo 25, o el “Informe sobre Criterios Comunes para Programas de Intervención Reeducativa con Hombres Agresores en Violencia de Género”, que fue impulsado por el Ministerio de Igualdad. A modo de resumen, podemos decir que, en términos generales estos criterios contemplan elementos relacionados con la orientación teórica y los contenidos de los programas aplicados, con la formación y las características de los/las terapeutas que los aplican, con los procedimientos de aplicación y seguimiento de los resultados obtenidos, con la evaluación de su eficacia, y con la relación que se establece con los sistemas penales y de justicia.

En la medida que estos programas se extienden y generalizan, son cada vez más los/as profesionales y los equipos psicosociales y multiprofesionales que se van formando y especializando en este tipo de intervenciones. Precisamente, el objetivo de nuestra investigación fue conocer el punto de vista de estos profesionales.

Para ello optamos por una metodología cualitativa, es decir, por acceder a informantes clave con amplia experiencia en el tema y conocer sus puntos de vista y valoraciones. Para ello realizamos entrevistas semi–estructuradas on line a una muestra de 65 profesionales con experiencia en implementar, gestionar, y/o evaluar este tipo de intervenciones en España, a quienes, desde aquí, aprovechamos para agradecer su valiosísima colaboración.

Como resumen de los resultados, podemos comentar que las personas expertas entrevistadas estaban, en general, satisfechas con los programas en los que habían participado y los valoraban de forma positiva, aunque, en algunos casos, consideraban que determinadas características de los participantes, y de los propios programas podrían contribuir a favorecer o dificultar el éxito de éstos, y que, por ejemplo, podrían obtenerse mejores resultados diseñando intervenciones lo más personalizadas posible. De hecho, casi 2/3 partes de profesionales consideraron que los programas de intervención en los que, de algún modo habían participado, eran mejorables.

Por lo que se refiere a posibles dificultades, algo más de un tercio de participantes consideraron que los programas en los que habían participado tenían alguna limitación importante, y éstas se agrupaban en alguna de estas tres grandes subcategorías: a) limitaciones relacionadas con los recursos materiales y/o económicos para hacer frente a las necesidades y requerimientos de estos programas.; b) limitaciones relacionadas con el tipo y características de los maltratadores y, especialmente, con sus reticencias y su falta de motivación para el cambio; y c) limitaciones derivadas de la necesidad de trabajar en coordinación con otros profesionales con formación y/o criterios diferentes (especialmente, con personas procedentes del estamento judicial).

En relación con estas dificultades, y a modo de conclusión, cabe destacar de modo muy especial dos ideas. Por una parte, comentar que la reflexión sobre la necesidad de flexibilizar e individualizar estos programas, ajustándolos al máximo a las características de los participantes, constituiría una propuesta de futuro muy relevante, que, además, coincide con los resultados de otros análisis descritos en la literatura científica sobre el tema. Por otra parte, destacar las dificultades asociadas a las resistencias de los maltratadores, y a su participación no voluntaria y/o incentivada en ciertos tipos de programas de intervención. Esto tiene entre sus consecuencias la falta de motivación para el cambio, y la no asunción de responsabilidad en la violencia cometida, aspectos éstos que comprometen claramente la eficacia de las intervenciones, y lanzan un reto muy importante para un futuro próximo, en el que cabe esperar seamos capaces de dar solución a un problema social y sanitario tan grave como es la violencia contra las mujeres en la pareja y que actualmente tiene, según las principales autoridades sanitarias, proporciones epídémicas.

El artículo completo puede encontrarse en la Revista Psychosocial Intervention:

Ferrer-Pérez, V.; Ferreiro-Basurto, V.; Navarro-Guzman, C. y Bosch-Fiol, E. (2016). Programas de intervención con maltratadores en España: la perspectiva de los/as profesionales. Psychosocial Intervention 25 (3), 159-168.

Victoria A. Ferrer Pérez. Catedrática de Psicología Social de Género de la Universitat de les Illes Balears (UIB). Miembro del grupo de investigación de Estudios de Género de la UIB. Coautora de publicaciones como: “Violencia contra las mujeres: El amor como coartada” (Anthropos, 2013), “Incorporación de los contenidos de igualdad de oportunidades y género en grado” (UIB, 2011) o “El laberinto patriarcal” (Anthropos, 2006). Ha investigado principalmente sobre psicología social de género y  violencia basada en el género.

Virginia Ferreiro Basurto. Licenciada en Pedagogía. Máster en Educación Inclusiva. Profesora asociada del Departamento de Psicología de la UIB. Miembro del grupo de investigación de Estudios de Género de la UIB. Coautora de publicaciones como: “Violencia contra las mujeres: El amor como coartada” (Anthropos, 2013) o “Incorporación de los contenidos de igualdad de oportunidades y género en grado” (UIB, 2011). Ha investigado principalmente  sobre violencia de género 2.0.

Capilla Navarro Guzmán. Doctora en Psicología. Profesora contratada doctora del Departamento de Psicología de la UIB. Miembro del grupo de investigación de Estudios de Género de la UIB. Coautora de publicaciones como: “Violencia contra las mujeres: El amor como coartada” (Anthropos, 2013) o “Incorporación de los contenidos de igualdad de oportunidades y género en grado” (UIB, 2011). Ha investigado principalmente sobre educación y género y prevención de la violencia de género.

 

Esperanza Bosch Fiol. Profesota titular de Psicología Básica de la Universitat de les Illes Balears (UIB). Investigadora principal del grupo de investigación de Estudios de Género de la UIB. Coautora de publicaciones como: “Violencia contra las mujeres: El amor como coartada” (Anthropos, 2013), “Incorporación de los contenidos de igualdad de oportunidades y género en grado” (UIB, 2011) o “El laberinto patriarcal” (Anthropos, 2006). Ha investigado sobre violencia basada en el género y estereotipos de género a través de la historia.

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