Con la propagación de la pandemia de COVID-19 en 2020, gran parte de la fuerza de trabajo mundial ha pasado a trabajar desde sus casas. El repentino aumento del trabajo a domicilio ha traído consigo la necesidad apremiante de valorar sus implicaciones, tanto para los trabajadores como para los empleadores. Con esta introducción, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) presenta un nuevo informe a través del cual pretende dar a conocer el trabajo a domicilio y proponer orientaciones sobre políticas que pueden allanar el camino hacia el trabajo decente para los trabajadores a domicilio tanto antiguos como nuevos. El informe aborda tres tipos diferentes de trabajo a domicilio: el trabajo industrial a domicilio, el teletrabajo y el trabajo en plataformas digitales. Según datos de la OIT previos a la pandemia del Covid-19, se estima que en 2019 había en el mundo unos 260 millones de trabajadores a domicilio, lo que representa el 7,9 por ciento del empleo mundial. A este respecto, la Organización espera que cuando se establezcan las cifras totales para 2020, el número de trabajadores basados en el domicilio supere con creces las cifras de 2019. |
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La mayoría de los trabajadores a domicilio son mujeres: en 2019 trabajaban desde sus casas 147 millones de mujeres y 113 millones de hombres, y las mujeres representaban el 56% de todos los trabajadores a domicilio. La propensión de las mujeres a trabajar desde el hogar (11,5%) es mucho mayor que la de los hombres (5,6%). Dado el contexto donde se desarrolla el trabajo, existe una marcada dimensión de género. A este respecto, el informe advierte de la carga de trabajo de cuidados no remunerado que siguen soportando las mujeres de todo el mundo. Asimismo, algunas recurren al trabajo a domicilio como forma de combinar las responsabilidades de cuidados con las oportunidades de obtener ingresos remunerados, aún a riesgo de prolongar la jornada laboral. No obstante, el poder trabajar desde el hogar es una oportunidad bien recibida tanto por mujeres y hombres que buscan flexibilidad como por los trabajadores y las trabajadoras con discapacidad, que, de otro modo, podrían tener menos oportunidades de trabajo remunerado. La razón principal por la que se elige esta modalidad de trabajo -y donde radica su mayor ventaja- es la flexibilidad horaria. Los trabajadores a domicilio trabajan en promedio menos horas al día que los que trabajan fuera de casa, pero sus horas son más inciertas. En el caso de los trabajadores industriales a domicilio y los trabajadores de plataformas digitales, los días de poco o ningún trabajo pueden ir seguidos de períodos de trabajo intenso. En cambio, la principal preocupación en el caso de los teletrabajadores es el desdibujamiento de las líneas divisorias entre el tiempo de trabajo y el tiempo personal y familiar. La OIT advierte de importantes lagunas en la protección social de los trabajadores industriales a domicilio y los trabajadores de plataformas digitales basados en el domicilio, así como de diversos riesgos en lo que respecta a la seguridad y salud en el trabajo. En este sentido, aquellos trabajos en los que se manipulan herramientas, sustancias químicas o productos suele haber falta de protección personal y de formación en prácticas seguras; en el caso de los trabajadores y las trabajadoras de las plataformas digitales, el riesgo viene en el proceso de moderación de contenidos (la selección de materiales digitales en busca de contenidos violentos o pornográficos). Por su parte, los teletrabajadores, se enfrentan a riesgos ergonómicos que pueden provocar trastornos musculoesqueléticos, así como riesgos psicológicos y sociales debidos al aislamiento social. Por otro lado, muchos trabajadores industriales a domicilio no se identifican como trabajadores, no conocen sus derechos legales y trabajan aislados en sus casas. Los trabajadores a domicilio tienen menos acceso a la formación, un hecho que puede afectar a sus perspectivas de carrera, y existe un elevado nivel de informalidad. Con respecto a la finalidad de promover la transformación del trabajo a domicilio en una fuente de trabajo decente, la OIT señala que muchos países de todo el mundo tienen una legislación, a veces complementada con convenios colectivos, que aborda los diferentes déficits de trabajo decente relacionados con el trabajo a domicilio, pero solo diez Estados Miembros de la OIT han ratificado el Convenio núm. 177 y pocos tienen una política integral para el trabajo a domicilio. En esta línea, insta a las personas encargadas de formular las políticas a prestar una atención especial a la aplicación de la ley, entre otras cosas, mejorando el conocimiento que tiene este grupo de trabajadores de la legislación, y velando por la igualdad de trato entre los trabajadores a domicilio y los trabajadores asalariados que desempeñan tareas similares desde las instalaciones de los empleadores. Atendiendo a los posibles riesgos de aislamiento social, el informe considera prioritario implementar medidas específicas que mitiguen los riesgos psicológicos y sociales. De acuerdo con el informe, es fundamental desarrollar e implementar evaluaciones de riesgo psicológico y social, que pueden ayudar a identificar y mitigar los posibles riesgos para la salud de los trabajadores a domicilio, incluidos los teletrabajadores. Además de los temas tradicionales de preocupación, es esencial considerar nuevos fenómenos como el presentismo virtual. Una importante medida de política en aras de limitar el tiempo de trabajo y a respetar los límites entre la vida laboral y la vida privada, propuesta también en el documento es la introducción de un derecho a desconectar. La OIT prevé que, de cara a los próximos años, el trabajo a domicilio cobre más importancia, por lo que pone de relieve la trascendencia de una unión de los gobiernos y las organizaciones de trabajadores y de empleadores que garantice que todos los teletrabajadores y teletrabajadoras pasen de un estado de invisibilidad a una situación de trabajo decente, independientemente del país y de la labor que desempeñen. Se puede acceder al informe desde la página Web de la OIT, o bien directamente a través del siguiente enlace: |
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