La necesidad de reconocer la Psicología Forense como Especialidad Oficial en España
16 Oct 2024

La situación profesional de la Psicología Forense en España es preocupante. La falta de especialización, regulación y definición de las competencias de los profesionales de la Psicología Forense facilita el intrusismo profesional, subordina la Psicología Forense a la Medicina Legal en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, invisibilizando la aportación, autoridad y autonomía de la ciencia psicológica y, por tanto, limita el avance de la profesión. Asesoramientos inadecuados a los tribunales que pueden conllevar sentencias erróneas de graves consecuencias para la vida de las personas, se podrían evitar con la creación de esta especialidad.

Así lo afirman los investigadores José Manuel Muñoz Vicente, Laura González Guerrero (ambos del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid), Antonio Andrés Pueyo (Universidad de Barcelona), José Luís Graña Gómez (Universidad Complutense de Madrid), Virginia Barber Rioja (Universidad de Columbia ) y Enrique Echeburúa Odriozola (Universidad del País Vasco), en un artículo publicado en la revista Papeles del Psicólogo, a través del cual ponen de relieve el rol clave de los y las profesionales de la Psicología Forense, exponiendo una serie de argumentos que avalan el reconocimiento oficial de dicha especialidad.

Según señalan los autores, el Consejo General de la Psicología cuenta con nueve acreditaciones profesionales -creadas a través de la Comisión Nacional de Acreditación Profesional (CNAP)-, “bajo la fórmula de psicólogo experto”, entre ellas, la de Psicólogo Experto en Psicología Jurídica y /o Psicología forense. El objetivo principal de una acreditación profesional es “lograr una actuación profesional de calidad, a partir del requerimiento de una formación y experiencia suficiente en el campo, y de garantizar, con la renovación de la acreditación, la actualización y formación continua”.

Psicología Forense

Fuente: freepik. Foto: freepik. Fecha: 15/10/24

La Psicología Forense es la rama de la Psicología Jurídica encargada de utilizar la investigación procedente de la psicología básica y aplicada, así como la practica científica profesional, para auxiliar a jueces y tribunales en su toma de decisiones, a través de la emisión de informes periciales

Tal y como explican en su texto, el asesoramiento que realizan los y las profesionales de la Psicología Forense a jueces y tribunales en materias relacionadas con derechos y libertades fundamentales o de seguridad pública requiere de una enorme especialización profesional. Sin embargo, y a pesar de que como disciplina científica se ha desarrollado exponencialmente en las últimas décadas, en España no existe un reconocimiento oficial de la Psicología Forense,

Ante esto, los autores plantean la necesidad de crear en España la especialidad en Psicología Forense con reconocimiento oficial, dentro de un itinerario curricular que incluya competencias sanitarias. Destacan aquí dos razones principales por las que el itinerario de la futura especialidad de Psicología Forense debería realizarse dentro de las especialidades sanitarias”:

  • 1. El protagonismo que tiene la evaluación psicopatológica en los procesos judiciales (repercusiones forenses de los trastornos mentales). En este punto, recuerdan que “no existe un ámbito de intervención de la Psicología Forense donde el estado de salud mental de las personas evaluadas no sea un área de obligada exploración, tanto en el derecho penal (daño psicológico, capacidad para testificar, responsabilidad criminal, riesgo de reincidencia o capacidad procesal) como en el derecho civil (procedimientos de provisión de apoyos a personas con discapacidad, procedimientos relacionados con la capacidad para testificar, procedimientos judiciales por responsabilidad civil o los procedimientos de familia)”.
  • De acuerdo con la guía de orientaciones para la evaluación psicológica forense en procedimientos de ruptura de familia contenciosos en la APA (2022), “la capacitación sanitaria, aunque no es suficiente, es necesaria para afrontar estas periciales”. En el caso de intervenciones como la conducción de la prueba preconstituida, los últimos protocolos recomiendan también que los y las profesionales de la Psicología Forense “cuenten, además, con capacitación sanitaria para el desarrollo de las labores de apoyo, asistencia y valoración de los resultados”.
  • 2. El específico marco legal español que regula las competencias sanitarias en Psicología y que tan solo se adquieren por dos títulos con valor oficial: el título de Especialista en Psicología Clínica y el Máster de Psicología General Sanitaria.
  • La evaluación psicopatológica y el psicodiagnóstico, “fundamentales en Psicología Forense, son actividades que entran en el ámbito de la capacitación sanitaria, por lo que los profesionales de esta área necesitan de estas competencias”. Asimismo, para determinadas periciales psicológicas son cruciales otros aspectos sanitarios: por ejemplo, conocer las terapias con apoyo empírico es clave para el manejo de los factores de riesgo en psicopatología del desarrollo, para valorar la relación de causalidad en casos de victimización infanto-juvenil. También, conocer la clínica, curso y pronóstico de un cuadro psicopatológico es imprescindible para detectar indicadores de simulación o disimulación de síntomas, fenómenos habituales en el contexto forense”.
  • Los autores lamentan que en algunas reformas legales, como la Ley 8/2021, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, se prioriza la intervención de profesionales sociales y sanitarios para elaborar estas periciales, lo que está dejando fuera la intervención de la Psicología Forense, al entenderse por jueces y tribunales que sanitario es el profesional de la Medicina y social el profesional del Trabajo Social, cuando, en realidad, la Psicología es una de las ciencias que más conocimiento y metodología ha desarrollado en el ámbito de la discapacidad”. Precisamente, en otros países como, por ejemplo, Estados Unidos, se mantiene esta perspectiva clínico-forense, siendo los/as psicólogos/as clínicos/as los únicos que pueden realizar informes periciales.

Siguiendo el modelo formativo jerárquico propuesto por la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (FEAP), en el que distingue entre una capacitación básica y los niveles más avanzados de competencia profesional, dentro de un formato secuencial y acumulativo, los autores recogen en su artículo una propuesta formativa para los y las profesionales de la Psicología Forense.

En la misma línea, exponen en detalle una serie de argumentos que apoyan la necesidad de crear la Especialidad de Psicología Forense y que resumimos a continuación:

1. La necesidad de garantizar la calidad de la labor pericial del psicólogo dada la enorme repercusión que tiene su actividad en el contexto forense

Si bien las pruebas periciales no son el único elemento probatorio para los tribunales, la influencia que tiene el testimonio experto en las decisiones judiciales está más que constatada. De forma específica, el informe pericial psicológico “adquiere un elevado protagonismo en casos como el abuso sexual infantil o las custodias infantiles, especialmente si proceden de peritos públicos”.

La labor pericial, por lo tanto, conlleva una gran responsabilidad que debe ir en paralelo con una actuación que se rija por los más altos estándares de calidad técnica y deontológica. Para alcanzar esa excelencia en la intervención, es crucial contar con una capacitación específica y especializada. La evidencia indica que cuanto más elevado es el nivel de capacitación especializada, “las opiniones de los psicólogos forenses alcanzan niveles más fiables

2. El perfil profesional claramente delimitado que supone la Psicología Forense en relación con otros ámbitos de la Psicología aplicada

A pesar de que los/as profesionales de la Psicología puedan intervenir de distintas formas como expertos en la sala de justicia (por ej., un/a psicólogo/a clínico/a que ha tratado a una víctima de agresión sexual o un/a experto/a en psicología experimental que explica, de forma genérica, cómo se crea y se recupera una huella de memoria), únicamente el psicólogo forense con capacitación sanitaria está en condiciones de realizar valoraciones psico-legales sobre el caso concreto, es decir, «de poner en relación variables psico(pato)lógicas con la cuestión legal que se está dirimiendo«.

3. La diversidad, amplitud y especificidad de los conocimientos esenciales para el ejercicio de la Psicología Forense deben recogerse en unos programas formativos específicos

Al igual que en otros países, en España, la Psicología Forense asesora a los tribunales en las distintas jurisdicciones, pero especialmente en el ámbito civil y penal. En este contexto, el/la psicólogo/a forense “realiza consideraciones técnicas en asuntos psico-legales muy variados, que precisan de diseños de evaluación específicos (imputabilidad, peligrosidad, idoneidad de custodia, etc.)”.

Para ello, debe contar con un conocimiento del marco legal en el que va a desempeñar su función, así como con un amplio conjunto de conocimientos relacionados con la aplicación de la Psicología a cuestiones legales. Todos estos conocimientos “deberían recogerse en programas de formación reglada, así como en el reconocimiento oficial de la especialidad en Psicología Forense”. Los autores del artículo alertan del importante riesgo de indefensión jurídica para las personas usuarias de la Administración de Justicia y de desprestigio para la profesión que supone la situación actual de falta de regulación de este perfil profesional.

4. La complejidad del contexto de la exploración forense y su implicación en la metodología de evaluación pericial psicológico

Es necesario que los/as profesionales de la Psicología Forense cuenten con conocimientos y habilidades específicas para el desempeño de su trabajo, teniendo en cuenta las características del contexto judicial (por ejemplo, contar con entrenamiento para detectar fenómenos como la simulación, la disimulación o la sobresimulación).

Por su parte, la “solidez de las valoraciones que exige el contexto forense obliga también a que los profesionales expliciten los fundamentos científicos de sus consideraciones”. A este respecto, recuerdan, “el uso de la tecnología de evaluación psicológica junto al juicio profesional estructurado evita introducir elementos de subjetividad, y, por ende, dota de mayor robustez a las consideraciones de los peritos psicólogos”. Teniendo en cuenta el rigor científico que exige el contexto pericial, “el uso de pruebas proyectivas se considera inadecuado”.

Asimismo, la entrevista, como instrumento vertebrador de toda evaluación psicológica, también requiere de adaptaciones a las características del contexto de la exploración forense.  

Las restricciones legales y la propia práctica pericial obligan al perito a obtener la mayor cantidad de información posible con el mínimo de intervención.

5. Orientaciones propias en la aplicación de la ética y deontología profesional del psicólogo en el contexto forense, dada la complejidad y exigencia de su intervención

Las características del contexto de la exploración forense “acentúan los dilemas éticos y deontológicos en la práctica de la Psicología y crean retos específicos y diferenciales de otros contextos de actuación del/de la psicólogo/a”.

Actualmente, existen directrices específicas para la aplicación del código deontológico del psicólogo a este campo profesional, elaboradas por prestigiosas organizaciones profesionales de la Psicología -tales como la APA (2013), la Sociedad Australiana de Psicología (2019) o la Sociedad Británica de Psicología (2021), entre otras-, que giran en torno a cinco cuestiones básicas: la objetividad, el conflicto de intereses, la obtención y el uso de la información, el consentimiento, la competencia profesional y la calidad de la intervención realizada.

6. La forma de comunicar los resultados de la evaluación forense a los distintos operadores jurídicos

La elaboración y redacción del informe pericial psicológico es una de las competencias básicas del psicólogo forense, ya que es “el elemento visible de su intervención” y “por el que se valora su trabajo”. Para ello, el/la profesional debe saber fundamentar robustamente sus opiniones; contestar de forma clara y completa a la cuestión psico-legal planteada; organizar de forma coherente la información recogida; separar el dato de la inferencia; proporcionar explicaciones sobre los razonamientos seguidos para llegar a las conclusiones y/o para desechar la información contradictoria; y señalar las limitaciones de su exploración.

El/la profesional de la Psicología Forense debe tener además habilidades que le permitan defender eficazmente el informe en el acto del juicio oral, manejando interrogatorios hostiles que incluyen la realización de preguntas múltiples, repetitivas, cerradas, o sobre datos o teorías psicológicas que el perito psicólogo debería conocer. Es trascendental “que sepa argumentar y explicar con claridad los criterios científicos en el contexto legal”.

7. Las recomendaciones surgidas desde distintos estamentos

Instituciones como el Defensor del Pueblo y su homólogo en Andalucía, la Asociación Española de Abogados de Familia o la ONG Save the Children, ponen de relieve el rol fundamental de auxilio que desempeñan los/as psicólogos/as forenses públicos al servicio de la Administración de Justicia (dentro de los denominados Equipos Psicosociales), denunciando, a su vez, la situación actual de su intervención, especialmente en los procedimientos de Familia y en las evaluaciones de menores en el contexto forense.

8. La disparidad de los procesos seguidos por las CC.AA. para seleccionar a los/as profesionales de la Psicología Forense en el ámbito público

Existe una “enorme disparidad” entre Comunidades Autónomas en los procesos selectivos que dan acceso a los puestos de Psicología Forense en el ámbito público, cada una de ellas con competencias transferidas en materia de Justicia. Dichas Comunidades suelen convocar estos puestos laborales dentro de ofertas de empleo público generales, “con un temario inespecífico que no permite garantizar una capacitación de base en psicología forense”, aumentando el riesgo de que los/as profesionales que obtengan la plaza realicen un inadecuado asesoramiento judicial, con graves consecuencias. Por otro lado, en aquellas CC.AA. que no tienen competencias transferidas (Castilla-La Mancha, Castilla y León, Ceuta, Extremadura, Islas Baleares, Melilla y Región de Murcia), los temarios de oposiciones son específicos para el ejercicio de la Psicología Forense.

9. El cumplimiento con las exigencias de distintas normas legales

En los últimos años se han venido incorporando importantes reformas legales con la finalidad de brindar a los ciudadanos y ciudadanas, y, especialmente, a los/as más vulnerables, las mejores garantías procesales y mayor eficacia de la Administración de Justicia, haciendo referencia en ellas, a la importancia de “disponer de profesionales especializados en materias tan sensibles como la valoración pericial de delitos sexuales, en violencia de género y doméstica, en discapacidad y necesidades de apoyo, etc.”

10. La necesidad de seguir desarrollando las líneas de investigación de interés para la Psicología Forense, en base al rigor y la garantía científica

Pese a que la Psicología Forense viene integrando los datos procedentes de la investigación científica en la práctica profesional, aún se plantean múltiples retos en pro de la mejora de la práctica pericial, entre ellos, aumentar la colaboración entre investigadores y profesionales; promover la participación de profesionales del Derecho en la investigación en Psicología Forense para centrar mejor las demandas de éstos; diseñar estudios para conocer el rendimiento de las pruebas de evaluación forense más allá del laboratorio; esclarecer las diferencias entre el rol del psicólogo forense y el de otros psicólogos que pueden intervenir en los procesos judiciales; elaborar protocolos de buenas prácticas para los distintos tipos de periciales; mejorar los procesos de acreditación profesional u homogeneizar la formación de los/as psicólogos/as forenses.

La credibilidad y la utilidad de la Psicología Forense en los tribunales españoles pasa por el reconocimiento de la especialidad

Los autores concluyen su artículo esperando que los argumentos expuestos se tengan en cuenta en el debate sobre el itinerario formativo de la Psicología Forense. De igual modo, confían en que las asociaciones científicas y profesionales del ramo (Sociedad Española de Psicología Jurídica y Forense −SEPJF−, Asociación de Psicología Forense de la Administración de Justicia −APF− y Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica −AIPJ−), junto con la División de Psicología Jurídica (PsiJur) del COP, trabajen de forma conjunta para alcanzar un consenso que facilite el urgente reconocimiento oficial de la especialidad de Psicología Forense.

Como bien afirman, “la credibilidad y la utilidad de la Psicología Forense en los tribunales españoles pasa por el reconocimiento de la especialidad”.

Se puede acceder al artículo completo desde la página Web de Papeles del psicólogo, nº45 (3), septiembre 2024 o bien directamente a través del siguiente enlace:

Muñoz, J. M., González, L., Andrés, A., Graña, J. L., Barber, V. y Echeburúa, E. (2024). La Psicología Forense en España: razones para su reconocimiento como especialidad oficial. Papeles del Psicólogo/Psychologist Papers, 45(3), 118-126

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