Convocadas subvenciones para Redes de Investigación Cooperativa Orientadas al Resultado en Salud
02 Sep 2024

La Dirección del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P. (organismo público de investigación con carácter de organismo autónomo, adscrito orgánicamente al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades), ha publicado una resolución por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024, de concesión de subvenciones para Redes de Investigación Cooperativa Orientadas al Resultado en Salud (RICORS), en el marco de la Acción Estratégica en Salud del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación para el período 2021-2023.

​​​​​​​​​Las Redes de Investigación Cooperativa Orientadas a Resultados en Salud (RICORS) son estructuras constituidas por un conjunto de grupos de investigación que tienen un objetivo de investigación común, concreto y alcanzable. Dichos grupos de carácter multidisciplinar, pertenecen a un conjunto variable de centros de investigación en biomedicina, dependientes de las diferentes Administraciones públicas o del sector privado y pertenecientes a un mínimo de diez Comunidades Autónomas. La finalidad de las RICORS es:

a) Promover la investigación orientada a resultados en salud mediante la coordinación del tejido investigador en el ámbito del SNS en torno a un objetivo de investigación concreto y definido, de utilidad específica para el conjunto de la ciudadanía.

 b) Vertebrar la I+D+i entre grupos de investigación procedentes de diferentes Comunidades Autónomas orientando su actividad investigadora hacia objetivos comunes que permitan la obtención de resultados trasladables a la población.

subvenciones para Redes de Investigación
Fuente: freepik. Foto: master1305. Fecha: 05/08/24

Con la aprobación de la convocatoria para el año 2024 de concesión de subvenciones para Redes de Investigación Cooperativa Orientadas al Resultado en Salud, se pretende facilitar la transferencia de conocimiento, eliminando las barreras existentes entre los diferentes actores en el ámbito del Sistema Nacional de Salud (SNS) e incrementando las capacidades para el impacto en resultados en salud como consecuencia de la transferencia ágil y efectiva al SNS, así como los recursos de divulgación y comunicación de la I+D+I a la sociedad.

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas todas las entidades que desarrollen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud, conforme a una de las siguientes tipologías de centros:

  • Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial (IIS).
  • Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: hospitales, centros de atención primaria y otros centros asistenciales distintos de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.
  • Aquellas entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
  • Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS, que cumplan con las condiciones recogidas en la ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, Título III, artículo 67, que regula la vinculación a la red pública de hospitales del sector privado.
  • Los Organismos Públicos de Investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
  • Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
  • Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que en sus Estatutos, en la normativa que los regule, o en su objeto social, tengan definida entre sus actividades la I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
  • Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
  • Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
  • Otras unidades de la Administración sanitaria.
Áreas temáticas

Las propuestas que se presenten a esta convocatoria, se adecuarán a los principios de Investigación e Innovación Responsable y Open Science, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Europea sobre Open Science y el Programa Horizonte Europa (2021-2027). Específicamente incorporarán los principios de gobernanza responsable, ética, igualdad de género, educación científica, acceso abierto y participación ciudadana.

Asimismo, estas propuestas deberán referirse a una única área temática entre las señaladas a continuación:

  • Atención Primaria, cronicidad, y promoción de la salud. Incorporando: enfermedades crónicas y multimorbilidad; promoción de la salud con perspectiva de género; investigación en implementación; salud materno-infantil (incluyendo anomalías congénitas); adicciones.
  • Inflamación e inmunopatología de órganos y sistemas. Incorporando atención a enfermedades no transmisibles del sistema inmune; enfermedades renales.
  • Terapias avanzadas (Terapia celular; Terapia génica).
  • Enfermedades vasculares cerebrales.
Se pueden presentar solicitudes hasta las 15:00 h del 19 de septiembre de 2024

El plazo de generación y presentación de las solicitudes y de la restante documentación necesaria comenzó el día 1 de agosto de 2024 y finalizará a las 15:00 horas, hora peninsular, del 19 de septiembre de 2024.

Los interesados cumplimentarán y presentarán la documentación normalizada disponible en la sede electrónica del ISCIII https://sede.isciii.gob.es, en ‘Trámites más usados. Acción Estratégica en Salud. Ayudas y Subvenciones’. En esta misma dirección de la sede electrónica del ISCIII se publicará toda la información que se produzca a lo largo de la tramitación de esta convocatoria.  

Toda la información relativa a esta convocatoria se encuentra disponible a través del siguiente enlace:

Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas

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