Comunicado del COP ante el desarrollo en las CC.AA. de la Orden relativa a la creación de Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos
10 Feb 2025

El pasado diciembre de 2023, tras acuerdo del Consejo Interterritorial, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden SND/1427/2023, del Ministerio de Sanidad, sobre la creación de Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos, la cual supuso un primer paso en el reconocimiento del área de los Cuidados Paliativos, incluyendo la Psicología entre las disciplinas que participan de su implementación.

Ante el desarrollo en las diferentes Comunidades Autónomas de dicha Orden Ministerial, el Consejo General de la Psicología ha emitido el siguiente comunicado:

Este Diploma es de interés para la Psicología y, en especial, para los/las psicólogos y psicólogas con dedicación a la Psicología Paliativa. Por ello, se solicita difusión de este comunicado a este colectivo de la Psicología, invitando a que, en la medida de los posible, se haga traslado a la correspondiente administración autonómica de que se tengan en cuenta los siguientes aspectos en sus desarrollos autonómicos -siendo compatibles con el marco legal establecido por la citada Orden Ministerial-, para la adecuada acreditación de las y los profesionales de la Psicología Paliativa en sus respectivos territorios:

 1. Formación básica de acceso: no sólo acceden a la misma las personas con el título de Especialista en Psicología Clínica o Máster en Psicología General Sanitaria, sino también aquellas que ostenten la homologación o habilitación de dichas titulaciones, correspondientemente.

2. Reconocimiento de la experiencia laboral: debe considerarse en todo momento la certificación realizada en entidades privadas si el centro es reconocido por la CC. AA. correspondiente (U.67 en el caso de Cuidados Paliativos, siendo de aplicación a entidades tanto públicas como privadas, art. 1.2. RD 639/2015).

3.  Comisiones autonómicas de valoración de los expedientes: es necesaria la presencia de profesionales con experiencia y recorrido específico en Cuidados Paliativos, en las comisiones autonómicas que realicen las valoraciones de dichas solicitudes de acreditación, es decir, que las personas que formen parte de dichas comisiones cumplan los propios requisitos del DA en CP.  

4. Vía excepcional: para la valoración del requisito B (título de Máster o Experto en Cuidados Paliativos) se deben tener en cuenta los contenidos y créditos relacionados con las competencias profesionales en cuidados paliativos que compongan cada titulación y que su valoración no se atenga únicamente a la denominación de los mismos. Es decir, que en la valoración de los títulos se aprecien aquellos que tengan un mínimo de créditos (en consonancia con lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad) de contenidos relacionados con dichos dominios y áreas.

La mayoría de centros universitarios oficiales en España consideran que la formación de experto oscila entre los 20 y 29 créditos ECTS, por lo que una formación de postgrado que acredite un mínimo de dichos créditos en contenidos relacionados con los dominios y áreas propias de los Cuidados Paliativos deberá ser válido, independientemente de que no se explicite strictu sensu el término «cuidados paliativos» en su denominación oficial.  

5. Vía ordinaria: para el requisito B (formación continuada): Se debe tener en cuenta la Acreditación en Psicooncología y/o Psicología en Cuidados Paliativos del Consejo de la Psicología de España (en sus modalidades de Psicooncología y Psicología en Cuidados Paliativos o de Psicología en Cuidados Paliativos -nunca de Psicooncología sola-), supone un grado superior al nivel exigido por los requisitos de esta vía, por lo que debiera ser reconocido dicho requisito de formación continuada por esta vía a las y los profesionales de la Psicología solicitantes, que posean dicha acreditación del COP en los términos indicados.

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