COMUNICACIÓN COLEGIAL
30 Abr 2009

De conformidad con el acuerdo de la Junta de Gobierno del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos (COP) adoptado en su reunión de 28 de marzo de 2009 y en base a lo dispuesto en el artículo 3.2 de la vigente Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, se informa que es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión hallarse incorporado al Colegio correspondiente.

Esta incorporación se debe realizar en el Colegio Territorial que se corresponda con el domicilio de la actividad profesional, único o principal.

Por ello, se ruega a todos los psicólogos que en plazo de dos meses regularicen su situación, si fuera necesario; hecho que redundará en beneficio del propio colegiado y de la Organización Colegial.

 

Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos

Noticias Relacionadas

Noticias

Nueva Edición Extraordinaria del FOCAD 2024

El Consejo General de la Psicología de España tiene en marcha un Programa de Formación Continuada a Distancia (FOCAD) con la finalidad de promover la actualización científico-profesional de los/as psicólogos/as colegiados/as en diferentes campos de la intervención psicológica (Psicología Clínica y de la Salud, Psicología Educativa, Psicología del Trabajo, las Organizaciones y los Recursos Humanos (…)

leer más

PSICOLOGÍA EN RED


LOS COLEGIOS HABLAN

MÁS NOTICIAS

Noticias Relacionadas

Noticias

Nueva Edición Extraordinaria del FOCAD 2024

El Consejo General de la Psicología de España tiene en marcha un Programa de Formación Continuada a Distancia (FOCAD) con la finalidad de promover la actualización científico-profesional de los/as psicólogos/as colegiados/as en diferentes campos de la intervención psicológica (Psicología Clínica y de la Salud, Psicología Educativa, Psicología del Trabajo, las Organizaciones y los Recursos Humanos (…)

leer más