Buenas Prácticas de Evaluación Psicológica Forense en los Procesos Contenciosos de Familia
25 Nov 2024

Dentro de los procesos judiciales de Familia, el informe psicológico constituye una parte importante y utilizada como prueba de forma habitual por los jueces, acudiendo a los criterios técnicos para decidir sobre cuestiones propiamente legales (como, por ej., regímenes de custodia y visitas de los/as hijos/as con sus progenitores) y que, desde el ámbito de la Psicología Forense, se centra en analizar qué alternativa es la más adecuada para los niños, niñas y adolescentes dentro de la organización familiar post ruptura.

Con esta introducción se presenta una guía publicada por la Asociación de Psicología Forense de la Administración de Justicia y desarrollada por María José Catalán Frías, Murcia Juana María Biezma López, Lourdes de Benito de Lucas (Psicólogas Forenses del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, IMLCF, de Murcia, Pamplona y Guadalajara, respectivamente) y Raquel Domínguez Segura (Psicóloga Forense del equipo de Asesoramiento Técnico en el Ámbito de Familia, EATAF, de Barcelona), con el objetivo de aportar una serie de criterios técnicos especializados a aquellos psicólogos y psicólogas que realizan peritajes de familia en el ámbito de la Justicia.

Fuente: freepik. Foto: freepik. Fecha: 18/11/24

Tal y como señalan sus autoras, el documento pretende ser una herramienta técnica para los y las profesionales de la Administración de Justicia. Pueden utilizarla todos/as aquellos/as profesionales de la Psicología que trabajen en la práctica privada y realicen informes en casos de ruptura de pareja, y puede constituir un referente para los operadores jurídicos (jueces, fiscales, abogados), interesados en la buena práctica del peritaje psicológico.

El documento recoge los principios que guían la intervención del psicólogo/a forense en los procesos de familia, estando enmarcada por la pregunta judicial que va a guiar la intervención, siendo el principio que rige toda su actuación el ‘interés superior del menor’.

De acuerdo con el texto, “las variables psicológicas sobre las que se formulan las preguntas de las periciales están relacionadas con la capacidad, competencia o habilidades parentales, las necesidades afectivas y psicológicas de los NNA, las dinámicas y funcionamiento familiar, los vínculos afectivos entre los diferentes miembros de la familia, así como eventuales indicadores disfuncionales y/o psicopatológicos que pudieran afectar y/o comprometer el adecuado desempeño de las funciones parentales”.

Para dar respuesta a estas preguntas el/a psicólogo/a forense cuenta “con los conocimientos adquiridos durante su formación básica en psicología evolutiva, evaluación, diagnóstico, psicopatología, así como en su formación específica en el ámbito forense, en el cual es necesario poner en relación todas las variables a nivel individual y grupal con el ejercicio de la parentalidad y coparentalidad y su impacto en el bienestar y adaptación de los hijos e hijas a lo largo de los procesos de cambio que experimenta la familia tras la ruptura”.

Distinguiendo entre la evaluación psicológica forense y la evaluación clínica, la guía recuerda que cualquier pericial realizada por un psicólogo, “seguirá tres principios fundamentales: objetividad, imparcialidad y rigor científico, debiéndoles ser exigidos estos principios a cualquier informe pericial que se realice”.

La APF recoge en este documento un decálogo como guía básica en la intervención del/de la profesional de la Psicología Forense en el ámbito de familia, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: Responsabilidad; intervención focalizada en los niños/as y adolescentes y en su “Interés Superior”; importancia de un cuidadoso protocolo de detección de violencia de género, así como de violencia sobre los y las menores;  evaluación centrada en analizar las capacidades de los progenitores en relación con la cobertura de las necesidades de los niños (exponiendo las habilidades y las limitaciones que pudieran tener cada uno de los adultos en la atención de sus hijos e hijas, y resaltando los elementos positivos más que focalizándose en las dificultades); formación sólida inicial y reciclaje continuo; neutralidad; imparcialidad; evaluación contrastada y congruente; informes claros y completos; formulación de hipótesis y proceso decisional verificables; y dar respuesta al objeto de la pericial.

Como bien indica aquí el texto, el/la psicólogo/a forense desempeña un rol de experto en la materia en los tribunales de familia, siendo su propósito final “ayudar al Tribunal a tener una visión global de los aspectos psicológicos y relacionales de la familia, para su toma de decisiones”. Ante esto, es fundamental tener en cuenta que, en cada acto, representa a la profesión, de modo que su responsabilidad, honestidad y exactitud deben ser máximas en cada una de las etapas de su intervención (evaluación, redacción y defensa del informe).

En la misma línea, la guía detalla diversos aspectos de gran interés, tales como, las diferentes áreas que deben evaluarse de forma específica en el caso de los padres y de los hijos/as; las distintas fases del proceso de exploración o evaluación psicológica; cómo deben valorarse e integrarse los resultados; el informe pericial psicológico; y la ratificación y aclaraciones. Este último aspecto, consiste en que, a petición del tribunal, el autor o autora del informe psicológico confirme en el juicio su autoría, así como su conformidad con el contenido del mismo y con sus conclusiones, respondiendo durante el acto de la vista a cualquier solicitud de aclaración.

Se puede acceder a la guía completa desde la página Web de la APF o bien directamente a través del siguiente enlace:

Guía de Buenas Prácticas de Evaluación Psicológica Forense en los Procesos Contenciosos de Familia

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