El pasado 31 de enero, Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), aprobaron, en una conferencia multisectorial, el primer acuerdo a nivel estatal para la mejora de la atención temprana, un marco referencial común que garantice el derecho de todos los niños y todas las niñas a una atención temprana de calidad, eficaz y gratuita, con un acceso rápido y equitativo.
La atención temprana se define como el conjunto de actuaciones preventivas y de promoción del desarrollo holístico infantil, dirigidas a la población menor de 6 años, su familia y sus entornos, que garantizan una respuesta ágil, integral y coordinada por equipos de profesionales, preferentemente en los sistemas de salud, servicios sociales y educación, ante factores de riesgo o alteraciones, posibles o detectadas, para el desarrollo del niño o la niña.
Desde un enfoque biopsicosocial, considera al niño y la niña en su globalidad, atendiendo a sus necesidades, la de su familia y entorno, para conseguir el propio ritmo de desarrollo del niño o niña, con el propósito de mejorar su calidad de vida e inclusión social y promover sus capacidades y potencialidades, su autonomía y el libre desarrollo de su personalidad con el pleno disfrute de todos sus derechos en igualdad de condiciones.
Ya en julio de 2023, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y el Consejo Territorial de Servicios Sociales del Sistema de Atención a la Dependencia, aprobaron la hoja de ruta para la mejora de la atención temprana en España sobre un marco común de universalidad, responsabilidad pública, equidad, gratuidad y calidad.

Se trata del primer acuerdo sobre esta materia, en el marco del diálogo territorial, que ha contado con la implicación de las Comunidades/Ciudades Autónomas, como administraciones competentes en la materia, y con la participación de la sociedad civil de infancia y discapacidad y de profesionales, coordinadas por los Ministerios de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y de Sanidad.
Según señala el texto de la Resolución, este documento se erige como un marco de referencia que contempla una serie de objetivos, medidas, estándares de calidad e indicadores comunes que orientan y promueven la mejora continua de los sistemas de atención temprana de las distintas Comunidades/Ciudades Autónomas.
Para tal fin, se estructura en 9 líneas de acción con objetivos, medidas para su consecución y el establecimiento de 36 estándares de calidad e indicadores de los mismos para evaluar su implantación.
Las líneas de acción son las siguientes:
- 1. Planificación, estructuración, organización y financiación de la atención temprana. Se busca aquí establecer una Red de Atención Temprana, de la que formen parte los centros/equipos y servicios de atención temprana de la Comunidad/Ciudad Autónoma y que esté integrada por todos los agentes profesionales a nivel autonómico relacionados con la primera infancia en los ámbitos sanitario, educativo y de servicios sociales de gestión pública y privada-concertada con el sistema público. Al mismo tiempo, se ha de contar con un protocolo interdepartamental que ordene y regule la participación de los diferentes recursos de las administraciones a lo largo de las distintas fases del proceso de atención temprana. Asimismo, es necesaria una planificación interdepartamental que actualice y adapte el desarrollo de los centros/equipos y servicios de atención temprana en función de los indicadores de evaluación.
- 2. Mejorar la calidad de las actuaciones y servicios de atención temprana. Se establecen estándares de calidad e indicadores comunes respecto a dichas actuaciones y servicios, así como respecto a los centros/equipos y servicios, a través de los cuales se hace efectiva la prestación de la atención temprana y su adecuada planificación.
- 3. Implementar sistemas eficaces de coordinación interadministrativa. Para el buen funcionamiento de los sistemas implicados en la atención temprana es esencial establecer sistemas eficaces de coordinación interadministrativa en los distintos niveles de actuación que actúan de forma coordinada y en red.
- 4. Implementar procesos eficaces de colaboración y participación activa de las familias. El conjunto de profesionales de las administraciones y de los centros/equipos y servicios han de asegurar aquí la efectiva participación del niño, la niña y su familia en todos los procesos de atención temprana, atendiéndoles conforme a sus necesidades y preferencias en contextos inclusivos y de proximidad. Para ello, se ha de garantizar que dichos servicios mantengan una actitud flexible y abierta a las circunstancias y posibilidades de colaboración de cada menor y su familia, adaptada a sus ritmos y eventuales dinámicas de cambio, promoviendo siempre una atención centrada en el niño, la niña y las familias.
- 5. Promoción de la prevención primaria. Todos/as los/as niños/as tienen derecho a la calidad de vida, al apoyo al desarrollo infantil y a la atención temprana en la primera infancia. Un período fundamental, la mejor inversión para el futuro y una ventana de oportunidad para resolver la desigualdad y generar entornos sociales y económicos más inclusivos y sostenibles. La primera infancia y, especialmente, los primeros mil días de vida, constituyen un período especialmente sensible al cuidado integral de la salud y la socialización, con efectos que alcanzan todo el ciclo vital.
- 6. Facilitar el acceso a la atención temprana en condiciones de igualdad y calidad para todos los niños y las niñas, con reducción de tiempos de espera a un máximo de 45 días desde que se detecta un caso que tenga un riesgo evolutivo. Este plazo es el que marca de referencia la GIE (Garantía Infantil Europea), una recomendación del Consejo de la Unión Europea, aprobada de forma unánime en 2021.
- 7. Garantizar la valoración e intervención integral. En la atención temprana, los procesos de valoración e intervención deben considerarse como procesos globales e integrados. Se trata de procesos que deben realizarse de forma coordinada, acomodándose a la realidad y ritmos de cada niño y niña y en contacto y diálogo permanente con sus familias, a fin de alcanzar el desarrollo holístico del niño y la niña.
- 8. Equipos profesionales y formación continua de profesionales implicados en la atención temprana. Las administraciones públicas deben velar por la idoneidad, calidad y estabilidad de los equipos profesionales de los centros/equipos y servicios, asegurando formación continua a todos los equipos profesionales de los ámbitos sanitario, educativo y de servicios sociales implicados en la atención temprana, de modo que se garantice que los procesos de detección, valoración e intervención se realizan desde un enfoque de intervención transversal, interseccional y biopsicosocial. Es crucial que estos equipos cuenten con conocimiento actualizado sobre las redes de recursos comunitarios y/o especializados con responsabilidades en la etapa de menores de 6 años, sus respectivas competencias, recursos informales e iniciativas dirigidos a favorecer la integración sociomunitaria; así como sobre la red de centros/equipos y servicios de atención temprana y el centro/servicio responsable de su ámbito territorial.
- 9. Optimizar los sistemas de información y registro. Es esencial aquí desarrollar unos adecuados sistemas de información y registro en las Comunidades/Ciudades Autónomas para la mejora del proceso de atención temprana en todos los territorios, así como para homogeneizar la recogida de datos y la monitorización a nivel estatal de la atención temprana en España.
Del mismo modo que la hoja de ruta, el documento se ha desarrollado en el marco del Grupo Técnico de Atención Temprana, también con la participación de las Comunidades/Ciudades Autónomas, agentes clave de la sociedad civil de la infancia, la discapacidad, y coordinado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el Ministerio de Sanidad, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Ministerio de Juventud e Infancia.
Tal y como ha manifestado el Ministerio de Sanidad en nota de prensa, reducir los tiempos de espera en atención temprana es, por tanto, uno de los objetivos fundamentales del acuerdo aprobado, ya que esta franja de edad, de 0 a 6 años, es una etapa crucial y crítica y cuando se sientan las bases del desarrollo infantil a nivel físico, cognitivo, emocional y social. De acuerdo con la evidencia científica, este período es clave para garantizar un desarrollo infantil saludable que prevenga situaciones agravadas de discapacidad o de dependencia. También para mejorar la calidad de vida de los niños y de las niñas, y para promover su inclusión social, sus capacidades, sus potencialidades, su autonomía y el libre desarrollo de su personalidad.
2030 será el plazo para implementar todas las medidas recogidas en el Consenso Estatal
El plazo temporal para la implementación de todas las medidas recogidas en este Consenso Estatal será 2030, coincidiendo con la finalización del Plan de Acción Estatal para la Implementación de la Garantía Infantil Europea (2022-2030), dado que en el marco de dicho Plan de Acción se distribuirán fondos a las Comunidades Autónomas para impulsar la implementación de las medidas contempladas en el Consenso Estatal sobre Atención temprana.
Será el Grupo Técnico de Atención Temprana quien se encargará de realizar un seguimiento bienal de la implantación de las medidas y acciones, basándose en la medición de los indicadores previstos. En 2030 se llevará a cabo una evaluación final.
Para acceder al texto completo del acuerdo, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 25 de febrero de 2025, pincha el siguiente enlace: