Guía para la tele-evaluación psicológica, psicoeducativa y neuropsicológica
07 Jul 2023

La tele-evaluación es un enfoque relativamente nuevo que requiere consideraciones especiales. La mayoría de las pruebas y otras medidas de evaluación han sido desarrolladas para su administración cara a cara y las normas de aplicación se basan en el hecho de que la prueba se realiza en persona frente al evaluador. Sin embargo, la investigación preliminar sugiere que muchas medidas de evaluación pueden brindar resultados similares cuando se administran por tele-evaluación.

Así lo afirma una guía publicada por Educational Testing Service (ETS) -organización estadounidense orientada a la mejora de la calidad y la igualdad en la educación mediante pruebas de evaluación válidas y fiables-, a través de la cual recoge una serie de pautas necesarias a la hora de realizar una prueba de evaluación psicológica, psicoeducativa y/o neuropsicológica a distancia.

Guía para la tele-evaluación psicológica

Fuente: freepik. Autor: freepik. Fecha: 26/06/23

Tal y como señala ETS, existen múltiples situaciones que pueden dificultar la participación en una evaluación en persona, siendo la tele-evaluación una alternativa razonable y más accesible en estos casos.

En este sentido, la guía recoge una serie de pautas basadas en estándares emergentes en esta nueva área de evaluación. Sus autores recuerdan que debe utilizarse de forma conjunta con las directrices para adaptar la evaluación a las distintas discapacidades y necesidades relacionadas con la salud (acceder aquí: Disabilities and Health-related Needs).

Así, las evaluaciones realizadas mediante tele-evaluación deben:

1. Llevarse a cabo de acuerdo con los principios y estándares éticos de la profesión del evaluador

Este enfoque de evaluación requiere consideraciones éticas específicas. Sin embargo, cualquier tipo de evaluación debe guiarse por los principios y estándares éticos de la profesión del evaluador (p. ej., Principios éticos de los psicólogos y Código de conducta, APA 2002, 2010, 2016; Estándares para pruebas educativas y psicológicas, AERA, 2014).

2. Ser administradas por un evaluador cualificado

La realización de una tele-evaluación requiere conocimientos y habilidades específicos, además de las competencias básicas de los/as profesionales que realizan las evaluaciones presenciales.

El evaluador debe contar con una formación y competencias adecuadas

Dado que este enfoque de evaluación es relativamente nuevo, la mayoría de los evaluadores no se han formado en teleevaluación durante su educación formal, por lo que requieren capacitación adicional para contar con estas competencias, siendo clave una formación específica en los dominios de telesalud, teleevaluación y ética de la teleevaluación.

3. Hacer hincapié en el consentimiento informado

Por lo general, una evaluación se considera un servicio de atención sanitaria. Como cualquier otro servicio de esta índole, requiere que la persona que lo recibe firme un formulario de consentimiento. Los formularios de consentimiento generalmente incluyen información detallada sobre cuál será el servicio (es decir, incluso si se brindará completamente a través de telesalud o si será un “híbrido” de evaluación en persona y a distancia), quién lo brindará, el coste del mismo, cualquier riesgo y/o beneficio potencial, las leyes que protegen la confidencialidad del cliente/paciente y las que exigen que se rompa la confidencialidad, etc.

Es fundamental el consentimiento informado de la persona evaluada

Un consentimiento informado de tele-evaluación debe incluir además información sobre la confiabilidad y validez general de la misma, sus limitaciones y bajo qué condiciones podría tener que suspenderse, los factores situacionales asociados (problemas de Internet, interrupciones por el ruido de fondo, etc.), y la disponibilidad de servicios en persona en la ubicación geográfica de la persona evaluada.

4. Considerar la interseccionalidad y tener en cuenta la experiencia de la discapacidad, incluido el énfasis en el diseño universal

Según la Asociación Americana de Psicología (2022, 2019; Disability Act, 2005), la interseccionalidad implica que cada uno de nosotros tiene múltiples identidades (cultura/etnicidad, edad, religión, discapacidad, identidad de género, nivel socioeconómico, etc.) que interactúan y nos definen como individuos en la sociedad. El diseño universal se relaciona con el diseño de un entorno, incluida la tecnología, para que sea accesible, comprensible y pueda ser utilizado en la mayor medida posible y por todas las personas, independientemente de su edad, condición, capacidad/discapacidad, etc.

Deben tenerse en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad y facilitar su accesibilidad

En el desarrollo de muchos instrumentos de evaluación, se han pasado por alto las necesidades de las personas con una variedad de discapacidades. Los evaluadores que realizan la tele-evaluación deben tener en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad y tratar de garantizarles la accesibilidad. Asimismo, es importante evitar el uso de medidas y métodos de tele-evaluación que estén contraindicados en el contexto de las limitaciones funcionales relacionadas con la discapacidad de la persona evaluada.

5. Documentar los pasos a seguir para proteger la seguridad de la prueba

La mayoría de las medidas y materiales de evaluación son instrumentos de uso restringido que requieren características específicas (es decir, licencia profesional, certificación, etc.) para su uso y administración. También están protegidos por la Ley de derechos de autor, que hace que sea ilegal reproducir materiales de cualquier forma. Además, va contra la ley distribuir dichas medidas al público, a cualquier persona que no sea otro profesional cualificado o a un cliente/paciente que esté participando en una evaluación.

Es esencial garantizar la seguridad del proceso de evaluación

Es responsabilidad de los profesionales que realizan la tele-evaluación el tomar medidas para proteger la seguridad de la prueba. Los pasos tomados deben documentarse y registrarse en el informe de evaluación.

6. Verificar que los problemas de validez y fiabilidad asociados con la tele-evaluación se han explicado a la persona evaluada

Como se indicó anteriormente, los problemas generales de fiabilidad y validez asociados con la tele-evaluación deben abordarse en el consentimiento informado. Además, el evaluador debe asegurarse de explicar la validez y fiabilidad de las medidas específicas utilizadas con la persona evaluada durante el proceso.

7. Verificar que la persona evaluada conoce el proceso de evaluación y el uso de la tecnología que se va a utilizar, incluido el uso recomendado de un enfoque de dos cámaras (two-camera approach)

Para muchas personas evaluadas, el proceso de evaluación puede ser estresante, ya sea cara a cara o a distancia, mediante una tele-evaluación. Con respecto a esta última, el estrés puede aumentar debido a las demandas adicionales de tecnología. Por esta razón, el evaluador debe realizar una sesión de orientación previa (y preferiblemente en un día distinto), con el fin de garantizar que la persona a la que se va a evaluar comprenda cómo usar la tecnología necesaria para durante el proceso. Para la seguridad de la evaluación y observar el comportamiento durante la evaluación real, se debe utilizar un enfoque de dos cámaras siempre que sea posible.

Se recomienda una sesión de orientación previa para explicar en detalle el proceso de evaluación

Con este enfoque, uno de los dispositivos de la persona evaluada se utiliza en la pantalla compartida y el otro dispositivo se puede situar para ofrecer una vista angular de la habitación y facilitar que el evaluador pueda observar el comportamiento de la persona evaluada. Además de practicar el uso general de la tecnología, la posición de los dispositivos también debe determinarse y practicarse en la sesión previa de orientación.

Es fundamental abordar la siguiente información específica

a. Número de licencia y/o número de colegiado del evaluador, y país donde tiene la licencia;

b. Lugar(es) donde se ha llevado a cabo la evaluación (es decir, el lugar del evaluador, así como de la persona a la que se evalúa);

c. Plataforma de telesalud utilizada (es decir, las plataformas que cumplen con ley sobre la privacidad HIPAA son esenciales para la seguridad de la prueba y la confidencialidad de la persona);

d. Método utilizado para verificar la identidad de la persona evaluada;

e. Si la evaluación es un híbrido entre la evaluación presencial y la teleevaluación, el informe debe especificar qué aspectos de la evaluación se realizaron en uno u otro formato;

f. Cualquier interrupción tecnológica u otros factores situacionales que puedan haber afectado el desempeño de la tarea de la persona evaluada, y

g. Cualquier otro factor tanto del evaluador como de la persona a la que evalúa, que puede haber afectado al desempeño y resultado de la evaluación

8. Incluir una declaración de confianza del profesional en la validez y los resultados de la evaluación realizada

Muchos evaluadores suelen incluir una declaración de confianza, donde certifican la seguridad de que la evaluación ha recopilado la información precisa y necesaria. Los evaluadores también suelen aportar una breve justificación para respaldar su confianza en el proceso. Dadas las consideraciones especiales asociadas con la tele-evaluación, este tipo de declaración y una justificación, deben aportarse en cualquier informe de tele-evaluación.

La guía práctica de la telepsicología del COP, un recurso de gran utilidad para la atención a distancia

En la misma línea de este documento, el Consejo General de la Psicología cuenta con un recurso de gran utilidad para los y las profesionales de la Psicología que brindan atención a distancia: la Guía práctica de la Telepsicología. Esta guía fue elaborada por el Grupo de trabajo del Ejercicio Privado de la profesión, teniendo en cuenta para ello, aquellos Principios Éticos y Deontológicos imprescindibles en el ejercicio de la profesión, la adecuación a la Ley de Protección de datos, así como la revisión de varias guías internacionales, especialmente, la elaborada por la APA.

Entre sus recomendaciones, la guía expone también los problemas específicos que pueden surgir durante el uso de medios tecnológicos. De acuerdo con el texto, el cómo iniciar el contacto con el paciente/cliente, qué condiciones se van a pactar en la relación profesional, cómo solventar problemas de confidencialidad, de buen uso por parte del paciente/cliente, la adecuación de los dispositivos a la casuística con la que se va a trabajar, son algunos de los aspectos a tener en cuenta que pueden facilitar un trabajo con criterios de rigor y eficacia profesional en las intervenciones.

Se puede acceder al documento desde la página Web de ETS o bien directamente aquí:

Tele-Assessment Guidance for Psychological, Psychoeducational and Neuropsychological Assessment

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