TEORIA Y DESCRIPCION DE LA VIOLENCIA DOMESTICA. PROGRAMA TERAPEUTICO PARA MALTRATADORES DEL AMBITO FAMILIAR EN EL CENTRO PENITENCIARIO DE PAMPLONA

2 Jun 2006

José Antonio Echauri Tijeras – EPASIC. Instituto Navarro de Psicología Jurídica

Juan Romero Rodríguez – Centro Penitenciario de Pamplona

María José Rodríguez de Armenta – Oficina de Atención a Víctimas de Delitos de Navarra

En Navarra, y desde el año 2001, se está trabajando desde la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito, en un Programa Terapéutico General con Violencia de Género. Dicho programa está dividido en varios apartados: intervenciones de urgencia a través de la Coordinación Operativa de Protección Civil 112 SOS Navarra; valoración de urgencia de la peligrosidad de los agresores familiares; programa terapéutico con víctimas de la violencia de género; y programa terapéutico con agresores del ámbito familiar. De este modo, se está trabajando coordinada y paralelamente con los programas terapéuticos de víctimas (iniciado en 2002) y de maltratadores (iniciado en 2005).

Estos programas están dirigidos desde la Oficina de Atención a Víctimas del Delito y concretamente, el programa de maltratadotes, a su vez, se coordina desde el Negociado de Apoyo a la Reinserción Social; perteneciendo ambos organismos al Servicio Social de Justicia del Gobierno de Navarra. Así mismo, se estableció un convenio entre el Gobierno de Navarra e Instituciones Penitenciarias para poder desarrollar este programa de maltratadores con reclusos condenados por delitos de violencia familiar, dentro de la prisión de Pamplona.

 

El desarrollo de todos los programas terapéuticos lo realiza el EPASIC Instituto Navarro de Psicología Jurídica, por medio de un contrato de Servicios profesionales con el Gobierno de Navarra. El equipo está formado por 7 psicólogos/as especialistas en psicología clínica y en psicología forense; desarrollando a su vez, trabajos de investigación y de divulgación.

Las terapias psicológicas con maltratadores domésticos deben ser aplicadas en todos los casos, aunque existe un porcentaje de fracasos en aquellos que de antemano no se consideran maltratadotes, y por tanto, no se someten a ninguna intervención. No basta con describir y denunciar un problema, hay que resolverlo, además de tomar muchas y variadas medidas. Desde la prisión, debemos intervenir con el maltratador, ya que ésta es nuestra responsabilidad.

Queremos llamar la atención y resaltar que, en este tipo de delito, la privación de libertad y el encarcelamiento están bien indicados, y son beneficiosos, no sólo para proteger a la víctima y sus familiares sino también para el autor. La cárcel funciona como una medida contundente y disuasoria, que saca al autor de un ambiente, donde él era el jefe-patrón-controlador y deja de ser inmune a su violencia. De pronto, tiene que explicar a otros qué está pasando, su inmunidad ha desaparecido y sus víctimas dejan de estar indefensas, comenzando a perder el miedo. Sin duda, la privación de libertad es beneficiosa para todas las partes: la víctima se siente más segura y podrá recibir ayudas, y el maltratador puede y debe iniciar una terapia.

Una característica del maltrato es la negación de esta conducta por parte del maltratador. Cuando un comportamiento genera malestar al pensar fríamente en él o es rechazado socialmente, se utilizan estrategias de afrontamiento para eludir la responsabilidad, como buscar excusas, alegar que se trata de un problema estrictamente familiar, hacer atribuciones externas, considerar lo que ocurre como normal en todas las familias o quitar importancia a las consecuencias negativas de esta conducta para la víctima.

Desde una perspectiva general, el programa de maltratadores en el Centro Penitenciario de Pamplona está estructurado de la siguiente manera:

Los sujetos acceden al programa a través de la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario. Ésta hace una primera selección de los sujetos que están en prisión por el delito de violencia doméstica, se les informa de la existencia de dicho programa y se les invita a participar, siempre de forma voluntaria. Si el sujeto accede a participar en el programa, se le pone en contacto con los psicólogos del Instituto Navarro de Psicología Jurídica que participan en el programa penitenciario. Existen dos tipos de sujetos que participan en el programa terapéutico: los que están en prisión preventiva, a espera de ser juzgados y los que ya están condenados por sentencia judicial.

El primer periodo del programa terapéutico consiste en una fase de evaluación, en la que existen unos criterios de exclusión, Si el sujeto supera esta primera fase, comienza un segundo momento de terapia individual. Una vez realizado este primer periodo, inicia una última fase de terapia grupal. Una vez finalizado el proceso terapéutico, se inicia una fase de seguimiento a 1, 3, 6 y 12 meses. Con todo esto, el programa tiene una duración total de dos años: un año de tratamiento terapéutico (individual y grupal) y un año de seguimiento.

 

Para la evaluación del agresor, se utilizan entrevistas estructuradas, cuestionarios heteroaplicados y autoaplicados, que ayudan a tener una evaluación individualizada de las conductas del maltrato y nos permiten poder planificar lo más adecuadamente el tratamiento. También se recogen otros datos significativos del agresor, como condiciones laborales, posibles problemas de maltrato en relaciones anteriores, situación de pareja y familiar actual, estado de salud, antecedentes penales y relaciones sociales. Así mismo, se pueden detectar variables psicopatológicas que estén relacionadas habitualmente con la violencia familiar y datos importantes sobre la frecuencia y duración de los episodios de maltrato, además de la percepción que tiene el agresor sobre la gravedad de los mismos y sobre sus repercusiones.

Dentro de las primeras fases del tratamiento, resulta de vital importancia evaluar el grado de peligrosidad del paciente, así como el nivel de motivación para el cambio.

El objetivo del tratamiento terapéutico, tanto individual como grupal, está orientado a tres áreas fundamentales: una, el área cognitiva, en la que se trabaja a través de la reestructuración cognitiva de ideas, pensamientos y distorsiones cognitivas en relación a la figura de la mujer y al uso de la violencia; dos, el área conductual, en la que se desarrolla el trabajo referente al control de los impulsos y el aprendizaje de técnicas de relajación; y tres, el área emocional, en el que se practica el reconocimiento de las emociones y sentimientos propios y del otro y la correcta expresión y comunicación de los mismos.

El programa de intervención individual consta de sesiones de una hora de duración y con una periodicidad quincenal. La duración mínima es de 15 sesiones; no obstante, es importante matizar que el número de las mismas es meramente orientativo a la hora de la planificación del proceso terapéutico. Siempre se tendrá en cuenta la particularidad de cada sujeto, de cara a su propio desarrollo terapéutico.

Las sesiones grupales mantienen el mismo esquema y técnicas que las sesiones individuales y ayudan al desarrollo y afianzamiento de las primeras. Constarán, por tanto, de 15 sesiones de una hora y media de duración y se trabajarán los mismos aspectos que en las sesiones individuales, aunque adaptadas al formato grupal. El número de sujetos de cada grupo oscilará entre 6 y 8.

Al final del proceso terapéutico, se hace hincapié en todo lo aprendido a lo largo de las sesiones, para que sea consciente de su situación actual en comparación con la situación al inicio del tratamiento. También se señalan las principales situaciones de alto riesgo para la recaída, insistiendo en las posibilidades de autocontrol y en la responsabilidad personal de cada sujeto en dicha recaída, así como en las estrategias de afrontamiento posible.

En el periodo de seguimiento, se incide fundamentalmente en los siguientes aspectos: Evaluación del proceso adquirido, Reforzamiento de los aprendizajes adquiridos, Modelamiento en el caso de existir problemas a la hora de poner en práctica las habilidades adquiridas, Evaluación de nuevos problemas que puedan presentarse para darles una solución a tiempo.

Conclusiones

En estos últimos años hemos iniciado programas como el mencionado fuera y dentro de las cárceles españolas, y aunque todavía no contamos con investigaciones suficientes que avalen su eficacia, sí podemos comentar algunos resultados e ideas a modo de conclusión:

1.- Es necesario y prioritario tratar a los maltratadores que ejercen violencia de género, más allá de de todas las intervenciones directas que sean necesarias con las víctimas.

2.- Con los sujetos con los que se ha trabajado en prisión se ha observado que, la evolución de la privación de libertad aunque positiva, por sí sola, no siempre es eficaz, porque se mezclan sentimientos de injusticia, miedo a ser encarcelado de nuevo, venganza, etc., que pueden resultar contraproducentes y producirse recaídas. En este sentido, la privacidad de libertad combinada con el tratamiento terapéutico parece ser, en la mayoría de los casos, la mejor opción, así como la alternativa más beneficiosa para todas las partes implicadas en el conflicto.

3.- La mitad de los maltratadores no aceptan asistir a las sesiones terapéuticas cuando se les ofrece el programa. En este sentido, debemos mejorar los factores motivacionales, para disminuir este importante porcentaje de rechazo, de cara a hacer más sugerente la participación en los programas.

4.- De los sujetos que aceptan ser tratados, un pequeño porcentaje abandonan el programa, pero el resultado de los que lo terminan es positivo. En esta línea, el programa terapéutico propiamente dicho parece mostrar una eficacia positiva, en cuanto a la reestructuración y rehabilitación de los maltratadores que han llegado a finalizar el programa.

5.- En el caso de que los sujetos que están siendo atendido en prisión, por cualquier causa, accedieran a la libertad y/o al tercer grado, existe la posibilidad de que puedan seguir el tratamiento en el exterior en cualquiera de sus tres fases (terapia individual, grupal o seguimiento), ya que dicho programa se está realizando simultáneamente en prisión y de forma ambulatoria en el exterior por el mismo equipo de psicólogos.

Para terminar este trabajo, nos gustaría señalar que debemos poner todos los medios para evitar que los delitos de género se parezcan a los accidentes de circulación, que aunque conociendo las variables que los provocan, los accidentes y los muertos se siguen produciendo todos los días, creando al final un efecto de rutina, frialdad emocional y resignación.

La versión completa de este artículo puede encontrarse en la revista Anuario de Psicología Jurídica: Echauri Tijeras, José Antonio; Romero Rodríguez, Juan; Rodríguez de Armenta, María José (2005). Teoría y descripción de la violencia de género. Programa terapéutico para maltratadotes del ámbito familiar en el centro penitenciario de Pamplona. Anuario de Psicología Jurídica, 15, 67-95.

Sobre los autores:

 

José Antonio Echauri Tijeras es psicólogo del EPASIC Instituto Navarro de Psicología Jurídica y especialista es Psicología Forense. Cuanta con la formación en Psicoterapia Gestalt y es miembro de la AETG. En la actualidad, Echauri trabaja en los programas ambulatorio y de prisión de maltratadotes del ámbito familiar del Gobierno de Navarra y se encuentra realizando la tesis doctoral sobre hombres maltratadotes en el ámbito familiar. Ha publicados varios artículos sobre su tema de investigación. bito nacional.

 

Juan Romero Rodríguez es Psicólogo del Centro Penitenciario de Pamplona, experto en Psicología Jurídica y ex-presidente del Colegio Oficial de la Delegación de Navarra. Romero cuenta en su haber con un buen número de publicaciones sobre la Psicología Jurídica en España y la intervención psicológica en el ámbito penitenciario, y ha participado en innumerables foros académicos y técnicos sobre esta temática.

 

 

 

Mª José Rodríguez de Armenta, es Psicóloga Jefa de la Oficina de Atención a Víctimas del Delito de Navarra, doctora en Psicología y miembro representante de la Dirección General del Gobierno de Navarra de la Comisión del Acuerdo Interinstitucional para la Atención Integral a las Víctimas de maltrato Doméstico y/o agresiones sexuales. Rodríguez es la redactora del Protocolo para la Atención Integral a las Mujeres Víctimas de Maltrato Doméstico y/o Agresiones Sexuales.

Profesora e introductora en la Escuela de Seguridad (Gobierno de Navarra) de la materia «La Violencia de Género y Procedimientos de intervención en Navarra», María José Rodríguez es también Co- Directora del Programa Europeo Daphne para la creación de los Programas de Formación para el Personal Sanitario: prevención, detección e intervención en casos de Violencia de Género.

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