Comunicado del seminario SIPyCAP sobre el documento de borrador de la regulación de los planes de estudio del Grado en Psicología

2 Nov 2018

El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, ha comenzado el proceso para regular las condiciones generales de los planes de estudio del Grado en Psicología, una cuestión que, como ya saben nuestros lectores, lleva pendiente desde la aprobación de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

En la Disposición Adicional Séptima de dicha Ley, se creaba la profesión regulada de Psicólogo General Sanitario, siendo preceptivo para acceder a la misma el estar en posesión del Título de Grado en Psicología y del Título de Máster en Psicología General Sanitaria, y estableciéndose dos plazos para que el Gobierno procediera a regular las condiciones generales de los planes de estudios de ambas titulaciones.

Sin embargo, si bien el Título de Máster se reguló adecuadamente en la Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales de Máster en Psicología General Sanitaria que habilite para el ejercicio de la profesión titulada y regulada de Psicólogo General Sanitario, no sucedió igual con el Título de Grado en Psicología, a pesar de que su regulación (tal y como estipulaba la Ley), debería haberse realizado a finales del año 2012, y aunque constituye, junto con el Título anterior, uno de los requisitos necesarios para acceder a la profesión regulada de Psicólogo General Sanitario.

Ya en enero de 2015, el Consejo de Estado emitió un Dictamen mediante el cual destacaba la existencia de profesiones “pendientes de ser reguladas”, haciendo mención expresa a la Psicología como ejemplo de ello y señalando el deber de aclarar esta situación.

Este escollo legislativo, dejaba la Titulación de Grado en una situación irregular, con consecuencias perjudiciales para el desarrollo académico y profesional de la Psicología, unas circunstancias que han venido poniendo de manifiesto en los últimos meses el Foro de la Psicología -que agrupa al Consejo General de la Psicología (COP), la Conferencia de Decanos de Psicología de las Universidades Españolas, y el Colectivo de Estudiantes de Psicología CEP- PIE.

Finalmente, el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, ha publicado un “Proyecto de orden por la que se regulan las condiciones generales a las que se ajustarán los planes de estudio del Grado en Psicología”, estableciendo un plazo de 20 días para la participación en el mismo, que expiró el pasado 23 de octubre.

Con motivo de la publicación de este Borrador, el Seminario Interuniversitario para el Progreso de la Psicología y la Calidad de la Atención Psicológica (SIPyCAP) ha publicado un comunicado que recogemos a continuación:

COMUNICADO DEL SEMINARIO SIPyCAP SOBRE EL DOCUMENTO DE BORRADOR DE LA REGULACIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIO DEL GRADO DE PSICOLOGÍA DEL MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES POR LA QUE SE REGULAN LAS CONDICIONES GENERALES DE LOS PLANES DE ESTUDIO DEL GRADO DE PSICOLOGÍA

Seminario Interuniversitario para el Progreso de la Psicología y la Calidad de la Atención Psicológica (SIPyCAP)

Carmen Almendros (M-24788); José Antonio Carrobles (M-898); Miguel Costa (M-204); Juan F. Godoy (GR-212); Ernesto López (M-734); José Olivares (CV-2727); Carmina Saldaña (C-973); Miguel Ángel Vallejo (M-3668).

En relación con este Borrador (ver página Web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades), con el modo y el momento en que se ha dado a conocer y con las implicaciones que tiene para la Psicología y para el ejercicio profesional, el Seminario Interuniversitario para el Progreso de la Psicología y la Calidad de la Atención Psicológica (SIPyCAP) desea hacer las siguientes alegaciones:

  1. Celebra que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades haya decidido iniciar el proceso para regular las condiciones generales de los planes de estudio del Grado en Psicología (GP). No obstante, quiere expresar a la vez su descontento por el evidente retraso con el que se inicia este proceso (6 años) pese a las reiteradas peticiones para que se hiciera, tanto por parte de los grupos parlamentarios de los distintos partidos políticos, como por las asociaciones profesionales y el propio Consejo General de la Psicología.

  2. Nos pronunciamos por una auténtica regulación del Grado y con ella la profesión del Psicólogo, en todas sus áreas aplicadas, cosa que entendemos que no ocurre en este documento. La regulación del Grado en Psicología debería conllevar la de la profesión de Psicólogo.

  3. El hecho de que el Borrador esté elaborado desde la limitada perspectiva de la Disposición Adicional Séptima de la Ley 33/2011, General de Salud Pública, de los planes de estudio del MPGS, y del recorrido específico de Psicología de la Salud, supone, en nuestra opinión, una clara limitación del ámbito del GP que abarca otros muchos ámbitos profesionales aplicados para los que el Grado de Psicología ha de capacitar a los futuros profesionales de la Psicología dotándolos de competencias para su ejercicio profesional.

  4. En este sentido, y dada la perspectiva limitante del documento, consideramos que el contenido del Borrador, en su actual formulación, resulta a todas luces insuficiente como marco idóneo para una apropiada regulación de los planes de estudio del Grado de Psicología y de la profesión del Psicólogo en toda su amplitud.

  5. Por ello, proponemos que la Orden que prepara el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, sea sometida a consulta previa con los organismos e instituciones afectadas: las Facultades de Psicología, la Conferencia de Decanos de Psicología, el Consejo General de la Psicología, el Colectivo de Estudiantes de Psicología (CEP), y otras asociaciones profesionales, para poder garantizar una adecuada regulación del GP y de la profesión del Psicólogo. Así mismo, entendemos que la regulación del GP habrá de contemplar igualmente la homologación e internacionalización de los títulos, dentro del marco del Espacio Europeo de Educación Superior (Real Decreto 43/2015).

  6. En cuanto a los contenidos que se han de regular para el acceso al MPGS, el Borrador del Proyecto lo hace exclusivamente por áreas de conocimiento, y no por materias, siendo deseable una propuesta de materias básicas elegidas de entre las básicas y obligatorias comunes a todos los planes de estudio del Grado en Psicología, con el fin de garantizar una buena formación del alumno y homogeneizar el modo de acceso al MPGS en toda España (90 créditos vinculados a la Psicología de la Salud).

  7. Consideramos, asimismo, que el plazo de 20 días concedido por el Ministerio para la información pública y presentación de alegaciones, es un periodo excesivamente corto e insuficiente para formular propuestas y alegaciones, después de 6 años de espera. Reclamamos, por ello, una ampliación del plazo para hacer posible la elaboración de propuestas tras un oportuno y detenido debate sobre la regulación de la profesión de Psicólogo, aprovechando la oportunidad que supone esta regulación del GP que es lo que necesita nuestro quehacer profesional.

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