Cantabria aprueba la Ley de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad
1 Mar 2019
El pasado día 8 de febrero, entró en vigor la Ley 9/2018, de 21 de diciembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad, de la Comunidad Autónoma de Cantabria, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 7 de febrero. La importancia de esta Ley radica, tal y como señala el texto legislativo, en el hecho de que hasta la fecha, en Cantabria no se había formulado una disposición legal que reconociera de forma general derechos a las personas con discapacidad, pese a la existencia de reconocimientos en diversas normas sectoriales (bien en las que se han promulgado en cumplimiento de competencias exclusivas, o por medio de desarrollo legislativo de normas aprobadas por el Estado con carácter básico). | |||
Tras la entrada en vigor de la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con discapacidad de la Organización de Naciones Unidas y del Texto Refundido de la Ley de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, se puso de relieve la conveniencia de promulgar una Ley que, atendiendo a los principios de la Convención, y con uniformidad de criterios, formulase en un texto único una regulación transversal englobando las distintas áreas de las políticas públicas que inciden directamente en la vida de las personas, y favoreciendo así la intervención integral bajo la inspiración de unos principios, criterios y objetivos comunes. La nueva Ley tiene como objetivo garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad con respecto al resto de ciudadanos y ciudadanas y la efectividad de sus derechos y libertades fundamentales, orientando la actuación de los poderes públicos de Cantabria a la atención y promoción de su bienestar, calidad de vida, autonomía personal y pleno desarrollo personal y social. Para tal fin incluye una serie de medidas en el ámbito de la salud, de la educación, del trabajo, de la protección social, de la cultura, el turismo, el ocio y el deporte, y en el ámbito de la justicia. En relación con el ámbito de la salud, se promueve el acceso a los servicios sanitarios en igualdad de condiciones al resto de ciudadanos y ciudadanas. El Sistema Sanitario Público establecerá las medidas necesarias para que las personas con discapacidad accedan efectivamente al diagnóstico, tratamiento psicológico, médico, farmacológico, quirúrgico o rehabilitador, que atienda las necesidades específicas de las distintas discapacidades, en igualdad de condiciones al resto de ciudadanos y ciudadanas con derecho a la asistencia sanitaria del SNS, e incidiendo en el respeto de la autonomía de las personas con discapacidad en la toma de decisiones sobre su salud. A este respecto, se impulsará la accesibilidad y la calidad en la atención en el sistema sanitario, eliminando las barreras arquitectónicas, cognitivas y de comunicación, y procurando la adaptación de los instrumentos de diagnóstico y tratamiento a las necesidades específicas de cada persona. Entre las distintas medidas en el ámbito de la salud, se aborda también la detección de situaciones de maltrato de las personas con discapacidad, así como la atención temprana a los niños y niñas con trastornos en su desarrollo o en riesgo de padecerlos, mediante actuación coordinada de los sistemas de salud, de servicios sociales y de educación, con el fin de proporcionar información, prevención, detección precoz, diagnóstico, tratamiento, orientación y apoyo familiar. Con respecto al ámbito de la educación, la nueva normativa busca garantizar el acceso a una educación inclusiva y de calidad a las personas con discapacidad, así como la atención educativa específica a las necesidades del alumnado, con el fin de asegurar el pleno desarrollo personal, emocional, intelectual y social, para la mejora de la calidad de vida, la autonomía personal, la participación y el desarrollo en su entorno familiar y comunitario. Se busca su efectiva inclusión social, a través del proceso educativo que asegurará una transición adecuada entre las distintas etapas y niveles educativos, incluyendo las enseñanzas de formación profesional, con la finalidad de alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades y disponer de las habilidades y competencias necesarias para su inserción socio-laboral. Se desarrollarán también en todas las etapas educativas, programas encaminados a prevenir y evitar el absentismo y el abandono escolar temprano del alumnado con discapacidad. En lo que se refiere al empleo, la Ley pretende velar por el cumplimiento de la igualdad de oportunidades y de trato de las personas con discapacidad en el empleo, en la formación y promoción profesionales y en las condiciones de trabajo. A tales efectos, llevará a cabo políticas de formación profesional y de empleo, y adoptará medidas de acción positiva destinadas a impulsar su acceso al mercado laboral, teniendo en cuenta la situación específica de las mujeres. En el marco de los servicios sociales se promoverá su autonomía personal e inclusión en la comunidad, en aras de incrementar su bienestar y calidad de vida en todas las etapas de su vida, y se implementarán medidas de apoyo a las familias y a las personas cuidadoras de las personas con discapacidad, que, entre otras actuaciones, incluirán programas destinados a la información, orientación, formación, apoyo psicológico, prestación económica por cuidados en el entorno, descanso y autocuidado de la persona cuidadora. Se puede acceder a la Ley completa desde la página Web del BOE, o bien directamente a través del siguiente enlace: Ley 9/2018, de 21 de diciembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad |